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Seguros de responsabilidad directiva

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Descripción

Los administradores de las empresas incurren en las siguientes responsabilidades:

Responsabilidad por daños: ocasionados a la sociedad, los socios o terceros derivados de actos u omisiones del administrador que sean ilícitos, faltos de diligencia o negligentes, que ocasionen un daño real y sean propios de la gestión de la sociedad. En este supuesto:
Responde el administrador personalmente con todos sus bienes

La responsabilidad por deudas sociales que se origina exclusivamente por:

– La obligación de disolver la sociedad por las causas legal o estatutariamente establecidas y no hacerlo
– Por no adaptar la sociedad a la ley que la regula
– El administrador responde solidariamente con la empresa con todo su patrimonio
– No exige demostración de la culpa. Responsabilidad objetiva

La responsabilidad por deudas tributarias contraídas con la administración por:

– Comisión de infracciones tributarias leves
– Comisión de infracciones tributarias graves
– Responsabilidad por obligaciones tributarias pendientes de pago en caso de cese de la actividad.

Adicionalmente, también es altamente recomendable para Asociaciones, Federaciones y Fundaciones, pues la Ley de Asociaciones establece la responsabilidad de los directivos y altos cargos de la asociación (Junta Directiva) por los daños causados y las deudas.

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